El
uso de Software no autorizado o adquirido ilegalmente, se considera como PIRATA
y una violación a los derechos de autor.
El
uso de Hardware y de Software autorizado está regulado por las siguientes
normas:
Toda
dependencia podrá utilizar únicamente el hardware y el software que el
departamento de sistemas le haya instalado y oficializado mediante el
"Acta de entrega de equipos y/o software".
Tanto
el hardware y software, como los datos, son propiedad de la empresa. su copia o
sustracción o daño intencional o utilización para fines distintos a las labores
propias de la compañía, será sancionada de acuerdo con las normas y reglamento
interno de la empresa.
El
departamento de sistemas llevara el control del hardware y el software
instalado, basándose en el número de serie que contiene cada uno.
Periódicamente,
el departamento de sistemas efectuará visitas para verificar el software
utilizado en cada dependencia. Por lo tanto, el detectar software no instalado
por esta dependencia, será considerado como una violación a las normas internas
de la empresa.
Toda
necesidad de hardware y/o software adicional debe ser solicitada por escrito al
departamento de sistemas, quien justificará o no dicha requerimiento, mediante
un estudio evacuativo.
El
departamento de sistemas instalará el software en cada computador y entregará
al área usuaria los manuales pertinentes los cuales quedaran bajo la responsabilidad
del Jefe del departamento respectivo.
Los
diskettes que contienen el software original de cada paquete serán
administrados y almacenados por el departamento de sistemas.
El
departamento de sistemas proveerá el personal y una copia del software original
en caso de requerirse la reinstalación de un paquete determinado.
Los
trámites para la compra de los equipos aprobados por el departamento de
sistemas, así como la adecuación física de las instalaciones será realizada por
la dependencia respectiva.
La
prueba, instalación y puesta en marcha de los equipos y/o dispositivos, serán
realizadas por el departamento de sistemas, quien una vez compruebe el correcto funcionamiento,
oficializara su entrega al área respectiva mediante el "Acta de entrega de
Equipos y/o Software".
Una
vez entregados los equipos de computación y/o el software por el departamento
de sistemas, estos serán cargados a la cuenta de activos fijos del área
respectiva y por lo tanto, quedaran bajo su responsabilidad.
Así
mismo, el departamento de sistemas mantendrá actualizada la relación de los
equipos de computación de la compañía, en cuanto a número de serie y ubicación,
con el fin que este mismo departamento verifique, por lo menos una vez al año
su correcta destinación.
El
departamento de sistemas actualizará el software comprado cada vez que una nueva
versión salga al mercado, a fin de aprovechar las mejoras realizadas a los
programas, siempre y cuando se justifique esta actualización.
Derechos
de autor y licencia de uso de software.
El
Copyright, o los derechos de autor, son el sistema de protección jurídica
concebido para titular las obras originales de autoría determinada expresadas a
través de cualquier medio tangible o intangible.
Las
obras literarias (incluidos los programas informáticos), musicales, dramáticas,
plásticas, gráficas y escultóricas, cinematográficas y demás obras
audiovisuales, así como las fonogramas, están protegidos por las leyes de
derechos de autor.
El
titular de los derechos de autor tiene el derecho exclusivo para efectuar y
autorizar las siguientes acciones:
·Realizar
copias o reproducciones de las obras.
·Preparar
obras derivadas basadas en la obra protegida por las leyes de derechos de
autor.
·Distribuir
entre el público copias de la obra protegida por las leyes de derechos de autor
mediante la venta u otra cesión de la propiedad, o bien mediante alquiler,
arrendamiento financiero o préstamo.
·Realizar
o mostrar la publicidad de la obra protegida por las leyes de derechos de
autor.
·Importar
el trabajo, y realizar actos de comunicación pública de las obras protegidas.
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